Para las Elecciones Seccionales y CPCCS 2023 los medios de comunicación deberán cumplir con la normativa que establece la Constitución y el Código de Democracia para evitar cualquier tipo de sanción.
Desde el pasado 21 de agosto de 2022 que se convocó a las elecciones hasta el 5 de febrero de 2023 fecha del sufragio, el Consejo Nacional Electoral controlará la propaganda y el gasto electoral de las organizaciones políticas como señalan en los numerales 3 y 7 del artículo 219 de la Constitución de la Republica de Ecuador,
Además, se regulará según el artículo 202 de la Ley Orgánica Electoral, refiriéndose a las normativas, metodologías y reglas para promoción electoral reguladas en la ley, con los gastos en medios de comunicación, debiendo conceder espacios equivalentes para que las candidaturas realicen sus intervenciones.
En el caso de incumplir los medios de comunicación tendrán su sanción según el artículo 282 del Código de la Democracia, en el que estipula desde la suspensión de la publicidad en dicha entidad, hasta la multa de doscientos cincuenta y cinco salarios básicos unificados y la suspensión del medio de comunicación por 6 meses.