Junta Provincial Electoral de Santa Elena notifica resoluciones a las organizaciones políticas

Tal como lo establece la normativa electoral, una vez que la Junta Provincial Electoral de Santa Elena resuelve sobre la negación o calificación de una candidatura o toma conocimiento de alguna objeción presentada a candidatas o candidatos, notifica a los sujetos políticos sobre dichos procedimientos.

La notificación se realiza a través de correo electrónico del representante legal de la organización política o procurador común en caso de alianza, así como de los casilleros electorales ubicados en la Delegación Provincial Electoral.

Sobre los plazos de objeciones a las candidaturas inscritas, según el Art. 101 del Código de la Democracia: El organismo electoral correspondiente, en el plazo de un día, correrá́ traslado al candidato objetado para que éste en el plazo de dos días conteste la objeción. Con la contestación o en rebeldía, la autoridad electoral, en el plazo de dos días, resolverá, en el mismo acto, respecto de la objeción y la calificación de la candidatura. Esta resolución será notificada a las partes en el plazo de un día.

Por otra parte, el Art. 102, cita: De la resolución de la junta electoral regional, provincial, distrital o especial del exterior sobre la objeción, se podrá impugnar en el plazo de dos días ante el Consejo Nacional Electoral. La Junta en el plazo de dos días hará llegar el expediente a la Secretaría del Consejo Nacional Electoral que resolverá en el plazo de tres días. Su decisión será comunicada a la junta electoral regional, provincial, distrital o especial del exterior, en el plazo de un día para que esta, a su vez, en el mismo plazo notifique a las partes.

Respecto a la apelación ante el Tribunal Contencioso Electoral, el Art. 103, determina: De la resolución del Consejo Nacional Electoral sobre la impugnación se podrá apelar para ante el Tribunal Contencioso Electoral en el plazo de tres días de recibida la notificación de dicha resolución. El Consejo Nacional Electoral organizará el expediente y en el plazo de tres días lo enviará al Tribunal Contencioso Electoral el cual tendrá un plazo máximo de quince días para resolver. El Tribunal Contencioso Electoral notificará su decisión al Consejo Nacional Electoral.