Una vez que el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) proclamó los resultados definitivos de la dignidad de presidente o presidenta y vicepresidente o vicepresidenta del Ecuador, de la primera vuelta de las Elecciones Presidenciales y Legislativas Anticipadas 2023, realizada el pasado 20 de agosto, las instituciones del sector público que requieran difundir publicidad o propaganda excepcional a través de radio, televisión, medios digitales, vallas publicitarias, prensa escrita u otros medios impresos, deberán solicitar la respectiva autorización al CNE, tal como lo establece el artículo 49 del Reglamento de Promoción Electoral.
De acuerdo a la normativa electoral se considera propaganda excepcional, en los siguientes casos:
- Cuando se requiera en las obras públicas, informar a la ciudadanía sobre cierres o habilitación de vías u obras alternas o lugares alternos.
- En situaciones de emergencia, catástrofes naturales, cuando se requiera informar a la ciudadanía sobre medidas de seguridad, evacuación, cierre o habilitación de vías alternas.
- Cuando se requiera informar temas de importancia nacional, tales como: campañas de prevención, vacunación, salud pública, inicio o suspensión de periodos de clases, seguridad ciudadana u otras de naturaleza similar.
Se entenderá también como temas de importancia nacional, la promoción netamente informativa de actividades turísticas o culturales derivadas de las festividades locales o nacionales; la información oportuna y propia de la prestación o venta de bienes y servicios públicos; y, la difusión de contenidos formativos, educativos e interculturales.
En tal contexto, las instituciones públicas deberán presentar su producto publicitario ante el órgano electoral acompañado de un formulario de solicitud de autorización, mismo que será revisado y aprobado por la Dirección Nacional de Promoción Electoral.