Las personas que estuvieron habilitadas para cumplir con el derecho al sufragio en las Elecciones Presidenciales y Legislativas Anticipadas 2023 y Consultas Populares Yasuní y Chocó Andino y no acudieron a las urnas, el Código de la Democracia establece una sanción económica equivalente al 10% del Salario Básico Unificado (SBU), es decir USD 45.
Es importante recordar a la ciudadanía que el voto es obligatorio y las multas por no cumplir con ese proceso son acumulativas, es decir, si usted no acudió a sufragar en la primera vuelta, el domingo 20 de agosto y tampoco asistió en la Segunda Vuelta del domingo 15 de octubre, deberá cancelar la cantidad de 90 dólares.
Mientras tanto las ciudadanas y ciudadanos que no cumplieron con su rol cívico con Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV) deberán cancelar el 15% del SBU, que representa USD 67,50 y si no asistieron a la capacitación tendrán una multa del 10% del SBU; además los MJRV que abandonen las mesas electorales, la sanción será de 11 a 20 SBU.
Sin embargo, los electores o MJRV sancionados, podrán presentar sus justificaciones en el caso que así lo amerite.