Entidades públicas deben solicitar autorización al CNE para la difusión de publicidad institucional

La Delegación Provincial Electoral de Santa Elena, informa que, una vez que el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) convocó al proceso del Referéndum y Consulta Popular 2024, el pasado martes 27 de febrero, las instituciones del sector público quedan prohibidas de difundir publicidad a través de radio, televisión, medios digitales, vallas publicitarias, prensa escrita u otros medios impresos, salvo las excepciones previstas en la normativa electoral, tales como:

  1. Cuando se requiera en las obras públicas, informar a la ciudadanía sobre cierres o habilitación de vías u obras alternas o lugares alternos.
  2. En situaciones de emergencia, catástrofes naturales, cuando se requiera informar a la ciudadanía sobre medidas de seguridad, evacuación, cierre o habilitación de vías alternas.
  3. Cuando se requiera informar temas de importancia nacional, tales como: campañas de prevención, vacunación, salud pública, inicio o suspensión de periodos de clases, seguridad ciudadana u otras de naturaleza similar.

Se entenderá también como temas de importancia nacional, la promoción netamente informativa de actividades turísticas o culturales derivadas de las festividades locales o nacionales; la información oportuna y propia de la prestación o venta de bienes y servicios públicos; y, la difusión de contenidos formativos, educativos e interculturales.


Para la difusión de la publicidad institucional excepcional, las entidades deberán solicitar la respectiva autorización al CNE, presentando su producto publicitario acompañado de un formulario de solicitud, mismo que será revisado y aprobado por la Dirección Nacional de Promoción Electoral.