La Delegación Electoral de Tungurahua efectúa las acciones de control necesarias para identificar, recopilar y cuantificar la promoción y gasto electoral desplegada por los diferentes actores políticos, tal como lo determina el artículo 25, numeral 5, de la Ley Orgánica Electoral, Código de la Democracia, Son funciones del Consejo Nacional Electoral: Controlar la propaganda y el gasto electoral, conocer y resolver en sede administrativa sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y responsables del manejo económico y remitir los expedientes a la justicia electoral, si fuere el caso.
Es así, como la organización política a través de su responsable del manejo económico deberán aperturar el correspondiente Registro Único de Contribuyentes (RUC) y la cuenta bancaria única electoral.
El plazo de estrega de esta documentación finaliza el día viernes 27 de diciembre del 2013. Razón por la cual, la o el responsable del manejo económico deberá acercarse a la Delegación Electoral de Tungurahua, departamento de fiscalización del gasto electoral a informar por escrito de la apertura del Registro Único de Contribuyentes (RUC) y de la cuenta bancaria única electoral, adjuntando una copia certificada del Registro Único de Contribuyentes para campaña electoral y el respectivo certificado bancario, que acredite dicha apertura.
Una vez cumplido con este requisito el Consejo Nacional Electoral o la Delegación Electoral de Tungurahua, según corresponda, acreditarán y registrarán a los responsable del manejo económico de la organización política. De no informar de la apertura del RUC y la cuenta bancaria correspondiente, el responsable del manejo económico de la organización política no estará acreditado y registrado.
De esta manera la Delegación Electoral de Tungurahua aplica los procedimientos necesarios para asegurar la transparencia, equidad y legalidad durante el proceso electoral de las próximas elecciones seccionales del 23 de febrero del 2014.