La Delegación Provincial Electoral de Manabí, realizará desde el lunes 9 hasta el 18 de enero del 2017, una jornada intensa de capacitaciones a Miembros de Juntas Receptoras del Voto (MJRV) en los cantones Portoviejo, Santa Ana, Paján y Jipijapa.
Las capacitaciones iniciarán en el la Unidad Educativa Campuzano del cantón Paján de 10h00 a 12h00, luego de 14h00 a 16h00, también se dictará una nueva charla en las inmediaciones del Gad Parroquial de la localidad; mientras que a partir de las 15h00 a 17h00 se capacitará a integrantes de las Juntas Receptoras del Voto del cantón Santa Ana en la sede de la Cooperativa Santa Ana.
Asimismo, para los días 10, 11,12 y 13 de enero, se efectuará un ciclo de capacitaciones periódicas en el Auditorio del Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) del cantón Jipijapa en los siguientes horarios: 08h00 a 10h00, 10h30 a 12h30 y de 14h00 a 16h00.
En Portoviejo, el jueves 13 de enero, se capacitará a los ciudadanos residentes de la Parroquia Abdón Calderón en la sede del Gad Parroquial de 15h00 a 17h00.
El sábado 14, la preparación de los Miembros de las Juntas Receptoras del Voto (JRV)se dará en las siguientes parroquias : en la sede del Gad Parroquial de San Pablo (Santa Ana) de 10h00 a 12h00;sede del Gad Parroquial de Rio Chico (Portoviejo) de 11h00 a 13h00; sede del Gad Parroquial de Alajuela (Portoviejo) de 09h00 a 11h00.
Del lunes 16 al miércoles 18 de enero que realizarán por tres días consecutivos capacitaciones en el Auditorio del Hospital del cantón Paján en el horario de 16h00 a 18h00.
Las capacitaciones que imparte el Consejo Nacional Electoral, tienen como objetivo instruir al MJRV de su responsabilidad en la mesa del sufragio en día de las elecciones para que conozcan las 4 fases del proceso electoral: Instalación de la Junta Receptora del Voto, Sufragio, Escrutinio y Embalaje del Material Electoral.
Quienes han sido escogidos deberán asistir de manera obligatoria a las jornadas de capacitación, de no conformar las Juntas Receptoras del Voto el 19 de Febrero, el artículo 292 del Código de la Democracia establece multa equivalente al 15 por ciento de la remuneración básica unificada.