La Delegación Provincial Electoral de Manabí recordó a las Organizaciones Políticas (OP) y a los candidatos que participan en estas Elecciones Generales las regulaciones con las deberán manejar la difusión de sus propuestas en tiempo de Campaña Electoral.
La Presidenta de la Junta Provincial Electoral de Manabí, Silvia Sánchez Mejía, advirtió que los postulantes están prohibidos de emitir mensajes que inciten a la violencia, discriminación o sean de carácter insultante; tampoco pueden utilizar la imagen de niños o niñas y adolescentes en sus promocionales y fotografías de campaña. En el caso de que los candidatos que aspiran a una reelección; no pueden participar de la inauguración de obras, actos, ni bienes públicos para la difusión de sus candidaturas” acotó.
En este aspecto el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME) firmaron un convenio de cooperación interinstitucional para que los Municipios también controlen la propaganda que emitan los candidatos y Partidos Políticos en áreas bajo su jurisdicción.
Además, Sánchez señaló que los Partidos Políticos deberán justificar debidamente de donde ha obtenido bienes y recursos utilizados en campaña.
“La ley ha previsto las prohibiciones así como las fuentes de financiamiento de las OP, todo con la finalidad de evitar la corrupción y el empleo de dinero ilícito en las campañas electorales tal como lo describen los artículos 219 y 221 del Código de la Democracia”.
La autoridad electoral informó que desde la Delegación del CNE en Manabí existe un monitoreo constante en medios de comunicación y espacios públicos para verificar con el cumplimiento de las normas antes del inicio oficial de la campaña.
“La propaganda y promoción realizada con anterioridad a la convocatoria a las elecciones será considerada parte del gasto de campaña electoral en el caso que la personas a la que se fomenta la imagen sea inscrita y calificada como candidata o candidato”.
El Consejo Nacional Electoral, ha dispuesto que se imputara al gasto electoral de la dignidad o de la organización, la publicidad y propaganda que se realice previo al inicio de la campaña.
De igual manera recordó que cualquier denuncia sobre mal manejo de campaña electoral puede ser presentada a la Delegación del CNE en Manabí y a su vez ser trasladada al Tribunal Contencioso Electoral para su posterior análisis.
- FINANCIAMENTO DE CAMPAÑAS ELECTORALES
El Código de la Democracia señala que las organizaciones políticas pueden recibir aportaciones única y exclusivamente de:
Las cuotas obligatorias ordinarias y extraordinarias de los afiliados.
Las cuotas voluntarias y personales de los candidatos.
Los aportes o donativos voluntarios de las personas naturales extranjeras que residan en el Ecuador y los ingresos que los partidos o movimientos políticos tienen por renta de sus bienes sus actividades promocionales.
Es obligación de los partidos y movimientos políticos justificar el origen y montos de recursos y bienes obtenidos.