La Directora de la Delegación Electoral de Pastaza Miriam Rodrígues informa a la ciudadanía sobre las inhabilidades para los sujetos políticos que aspiren a una candidatura de elección popular.
El artículo 113 de la Constitución, el Código de la Democracia y el Reglamento aprobado por el CNE detallan los siguientes impedimentos: No podrán inscribir su candidatura quienes tengan contratos con el Estado, como personas naturales o como representantes de personas jurídicas, o quienes hayan recibido sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos sancionados con reclusión o por cohecho, enriquecimiento ilícito o peculado. Tampoco podrán ser candidatos aquellos que adeuden pensiones alimenticias, ni los jueces de la Función Judicial, del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) y miembros de la Corte Constitucional y del Consejo Nacional Electoral (CNE), salvo que hayan renunciado a sus funciones seis meses antes de la inscripción. Si se postula algún servidor público de libre nombramiento y remoción o los de periodo fijo, deben renunciar antes. El resto de servidores gozarán de licencia sin sueldo desde la fecha de inscripción hasta un día después de las elecciones, y mientras duren en sus funciones, en caso de ser elegidos.
Es así como el Consejo Nacional Electoral y la Delegación Provincial Electoral de Pastaza mantiene a la ciudadanía informada con miras al nuevo proceso electoral 2017.