En 90 días posteriores al día de las elecciones los responsables del manejo económico de las organizaciones políticas deben presentar los informes de cuentas de campaña. Esta obligación se debe cumplir en las Delegaciones Provinciales de cada jurisdicción y está estipulada en el Art. 230 del Código de la Democracia.
En el balance económico deben constar los ingresos y egresos generados durante la campaña electoral. En primera instancia los informes serán comparados con la información levantada por la Unidad de Fiscalización y Control del Gasto Electoral, posterior a ello serán sometidos a evaluación técnica y jurídica y en los casos que se registre excedente en el gasto de campaña se sancionará hasta con el doble del monto.
Johana Sarmiento Vélez, Directora de la Delegación Provincial Electoral de Loja, señala que se han brindado capacitaciones para que los responsables del manejo económico puedan cumplir de manera efectiva este mandato legal. “Hacemos un llamado a las organizaciones políticas para que cumplan con esta obligación dentro de los plazos establecidos”, agregó.
En casos de no presentar los informes de cuentas de campaña se sancionará con pérdida de los derechos políticos al responsable del manejo económico y con suspensión temporal del registro permanente a la organización política.