Publicidad de instituciones públicas durante campaña electoral debe ser autorizada por el CNE

PLENO CNE PUBLICIDAD ENTIDADES PÚBLICAS

Durante la campaña electoral para la segunda vuelta del 2 de abril de 2017,  el Consejo Nacional Electoral (CNE) autorizará la publicidad que difundan las instituciones públicas. El periodo de campaña inicia el 10 y se extiende hasta el  30 de marzo.

Durante esta época está permitida la difusión de información que sea emergente, temas de importancia nacional y los casos en que se requiera informar a la ciudadanía sobre el cierre de vías por ejecución de obras. La  Delegación Provincial Electoral de Loja a través de la Unidad de Fiscalización y Control de Gasto Electoral garantizará el cumplimiento de lo establecido en la Ley.

Oscar Cumbicus Pineda, Presidente de la Junta  Provincial Electoral de Loja, manifestó que durante el proceso electoral anterior las entidades públicas solicitaron las respectivas autorizaciones  para  difundir la publicidad institucional. “Hacemos el llamado a los representante de los cuatro niveles del Estado para que cumplan con lo establecido en la ley”, añadió.

El aval que debe dar el Consejo Nacional Electoral (CNE)  a la publicidad durante la campaña electoral está establecido en la Constitución de la República y el Art. 203 del Código de la Democracia.