El Doctor Wilson Rodas Amoroso, Director del Consejo Nacional Electoral, en la Delegación del Cañar, informó que las organizaciones políticas que participaron con candidaturas para los comicios de febrero de 2017, deberán rendir cuentas de los gastos de campaña, de acuerdo a lo que establece la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia y el Reglamento para el Control de la Propaganda o Publicidad y Promoción Electoral.
En el Art. 230 del Código de la Democracia, se destaca que en el plazo de 90 días, luego del acto del sufragio, la o el responsable del manejo económico, con la intervención de una contadora o contador público autorizado, liquidará los valores correspondientes a ingresos y egresos de campaña… Así también se presentará un balance consolidado, el listado de contribuyentes con la determinación de los montos y los justificativos que la Ley prevé.
El Art. 38 del mentado reglamento, explica que la documentación deberá presentarse foliada en número y letras, separadas en cuerpos de (100) fojas, conteniendo la identificación plena de la dignidad, jurisdicción y organización política a la que pertenece.
El área de Fiscalización y Gasto Electoral del CNE en Cañar a través de la economista Luisana Carangui Urgilés está trabajando y atendiendo a las OP para responder a cualquier inquietud que tengan al respecto de la rendición de cuentas sobre el gasto electoral de campaña.
Todas las organizaciones políticas y sus representantes fueron capacitados sobre el tema, es por ello que, se espera que cumplan con los plazos establecidos por la Ley y con los requerimientos que se detallan en el respectivo reglamento.