Continúa el plazo para rendición de cuentas de campaña

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La Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas  de la República del Ecuador Código de la Democracia, menciona en su Artículo 230 que los Responsables de Manejo Económico (RME) de las organizaciones políticas, deberán liquidar los valores de ingresos y egresos de la campaña electoral, en el plazo de noventa días posteriores al acto de sufragio.
 
Este período culminó a la media noche del sábado 20 de mayo, jornada en la que personal de la Delegación Provincial Electoral de Tungurahua se mantuvo en funciones para recibir las cuentas de campaña por parte de las organizaciones políticas (OP).

Este martes 23 de mayo, la Delegación Electoral procedió a notificar a los RME de las organizaciones políticas que mantienen pendiente este procedimiento para que en el plazo de 15 días a partir de la notificación, procedan a liquidar las cuentas de campaña, tal como indica el Código de la Democracia en su art 233.

Monto de los aportes recibidos, la naturaleza y origen de los mismos; listado de contribuyentes, estados de cuenta, comprobantes, facturas y respaldos necesarios, son parte de la documentación que se deben presentar, según menciona el Artículo 232 del mencionado Código, mismo que en su Artículo 235 manifiesta que en el caso de existir infracciones luego de realizados los exámenes de la documentación, el organismo electoral dispondrá auditorías especiales inmediatas que deberán realizarse en el plazo de 30 días.

De las 13 OP que participaron con candidaturas en las pasadas elecciones, 8 han cumplido con este trámite concebido en la Ley.