En Pichincha, 45 organizaciones políticas tramitan su inscripción

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45 organizaciones políticas han solicitado su clave a la Delegación Provincial Electoral de Pichincha para avanzar en el proceso de inscripción, a escala provincial, cantonal y parroquial.
Conforme al Reglamento para la Inscripción de Partidos, Movimientos Políticos y Registro de Directivas, los ciudadanos que deseen formar una organización política, deben cumplir con ciertos requisitos en tres fases: la primera, que incluye la presentación del régimen orgánico (que se refiere a su estructura interna); principios ideológicos; así como los datos generales de la organización y de su representante legal.
Luego de revisar esta información, la Delegación Provincial Electoral de Pichincha emite un informe y posteriormente una resolución conforme la cual el movimiento político recibe una clave y los formularios de adhesión.
Tras obtener la clave, viene la segunda fase, en la cual los movimientos recolectan firmas hasta completar el 1.5 % del total de ciudadanos empadronados en una determinada jurisdicción electoral. El 10% de las firmas recabadas debe corresponder a adherentes permanentes, es decir de quienes militan y pueden elegir y ser elegidos.
En la tercera fase, los movimientos políticos deben entregar a la Delegación Provincial los documentos pertinentes, anexando las firmas de respaldo y los formularios de adhesión de la organización.
La Delegación Provincial remite al Consejo Nacional Electoral (CNE) la documentación presentada para la revisión de las firmas de adhesión e informe jurídico correspondiente, previo a la aprobación, por parte del organismo electoral.
De las 30 organizaciones que solicitaron clave para inscripción, siete ya han entregado las firmas de adhesión, mientras que 21 se encuentran en el proceso de recolección de firmas. En el año 2018 se ha entregado ya 15 claves a movimientos políticos para sus trámites de legalización.
Las organizaciones que deseen presentar candidaturas para las elecciones de marzo de 2019, deberán completar el proceso seis meses antes de la convocatoria a los comicios, conforme a la normativa vigente a la fecha.