El 4 de diciembre, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) estableció el límite máximo del gasto electoral para las organizaciones políticas que realicen actividades de promoción que no impliquen la contratación de publicidad en prensa, radio, televisión y vallas publicitarias, como parte de la campaña para las Elecciones Seccionales del 24 de marzo de 2019.
El cálculo del gasto electoral se establece de acuerdo a lo establecido en los artículos 3, 5, 7, 8, 9 y 209 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia. Ningún sujeto político que intervenga en este proceso electoral, podrá exceder estos montos, destinados a artículos promocionales, murales, banderas, entre otros.
Cindy Espín, directora de la Delegación Provincial Electoral, manifestó que en el caso de los candidatos a las alcaldías de Santo Domingo y La Concordia, el gasto máximo se establece multiplicando el valor de 0,20 centavos de dólar por el número de electores establecidos en el Registro Electoral, conforme a lo establecido en el articulo 209 del mencionado Código,
Asimismo, en el caso de la Prefectura, el monto se establece multiplicando el valor de 0,15 centavos por el número de electores. En cambio, para el caso de los concejales, el monto máximo será el 60% del valor fijado para el respectivo alcalde municipal.
Finalmente, para los candidatos a Juntas Parroquiales, el límite de gasto resulta de multiplicar el valor de 0,30 centavos por el número de ciudadanos que consten inscritos en el Registro Electoral.
DIGNIDAD |
TOTAL DE ELECTORES |
LÍMITE DEL GASTO ELECTORAL |
PREFECTURA |
379.928 |
$. 56.989,20 |
ALCALDÍA SANTO DOMINGO |
336.953 |
$. 67.390,60 |
CONCEJALES SANTO DOMINGO |
$. 40.434,36 |
|
ALCALDÍA LA CONCORDIA |
42.975 |
$. 8.595 |
CONCEJALES LA CONCORDIA |
$. 5.157 |
La inscripción de candidaturas se realizará hasta el 21 de diciembre, conforme lo establece el calendario electoral.