Fondo de Promoción Electoral en Cañar

boletin00722.01.2019fondodepromocion

El Fondo de Promoción Electoral es el monto de financiamiento estatal que se asignará a cada sujeto político para la contratación de publicidad en medios de comunicación y vallas públicas. El cálculo de este rubro corresponde a un porcentaje del límite del gasto electoral aprobado por el CNE el 4 de diciembre del 2018, de acuerdo a lo previsto en el artículo 8 del Reglamento de Promoción Electoral.

En este sentido, el límite de Gasto Electoral para los binomios de prefecto y viceprefecto en la provincia es de $ 34.845,3 y se asignará el Fondo de Promoción Electoral un monto equivalente al 30% del límite del gasto electoral a cada aspirante, de acuerdo con lo previsto para cada provincia. En el caso de Cañar es de $ 10.453,59

Para la dignidad de alcalde o alcaldesa, el Fondo de Promoción Electoral equivale también al 30% del máximo del gasto electoral calculado para esa dignidad, por cada cantón. Además, se debe considerar que si el cantón tiene menos de 15 mil electores, la asignación no puede ser inferior a los 2 mil dólares, como el caso de Déleg, El Tambo y Suscal, en la provincia del Cañar.

Si el cantón tiene entre 15.001 y 66.666  electores, no deberá ser menor a los 4 mil  dólares. 

De esa manera queda una cifra redonda, que es la que les corresponde a la mayoría de los cantones de la provincia.

En lo que respecta a concejales distritales y municipales, la suma a asignarse para cada lista debe ser igual al 30% del rubro de promoción electoral previsto para los alcaldes.

Finalmente, para las Juntas Parroquiales se debe destinar, para cada lista, el 30% del límite del gasto electoral destinado a cada jurisdicción parroquial.

En este contexto, Jhoe Coronel Ramírez, Director Provincial del CNE en el Cañar, recordó que cada organización o alianza política deberá asignar equitativamente entre sus candidatos el monto asignado para las listas pluripersonales.