A partir de las inscripciones para Elecciones Seccionales 2019 y Elección de autoridades del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social(CPCCS), varias han sido las organizaciones políticas que han infringido con lo que señala el Reglamento para el Control de la Propaganda o Publicidad y Promoción electoral en su artículo 6, que establece como campaña anticipada o precampaña, todo acto tendiente a difundir o utilizar propaganda o publicidad, y artículos promocionales electorales, de manera directa o indirecta a favor de una persona como candidata o candidato a una dignidad de elección popular previo al inicio de la campaña electoral.
En referencia a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador Código de la Democracia, en su Capítulo Tercero en lo referente a Infracciones, Procedimiento y Sanciones, señala en su Art. 275, se constituye infracciones de los sujetos políticos, de las personas naturales y jurídicas, las siguientes: la realización anticipada de actos de precampaña o campaña, de acuerdo al cronograma establecido.
Asimismo, para los medios de comunicación, de acuerdo al Art. 277 del Código de la Democracia, se constituye como infracciones el incumplimiento, sin causa justificada, de su obligación de transmitir los mensajes y programas de los partidos políticos y de las autoridades electorales, dispuestas por el Consejo Nacional Electoral (CNE). En el caso de infringir lo establecido en la ley, se suspenderá la publicidad en dicho medio y se le sancionará con una multa de cincuenta a cien mil dólares.
Por su parte, Lorena Ramos delegada Provincial del CNE Tungurahua, señaló que se encuentran monitoreando conjuntamente con la Unidad Provincial de Participación Política, acerca de la campaña anticipada, e hizo un llamado a las organizaciones políticas “Como candidatos deberían ser ejemplo para la ciudadanía, y cumplir con el cronograma donde establece las fechas para realizar campaña electoral y no quebrantar lo establecido en la ley”.