A partir del 21 de noviembre, fecha en que se llevó a cabo la Convocatoria a Elecciones Seccionales 2019 y Elección de autoridades del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), instituciones de Estado, en todos los niveles de Gobierno tienen prohibición de realizar publicidad o propaganda electoral.
Luis Alberto Coles, director de la Delegación Provincial electoral de Bolívar informó que, esta prohibición se sustenta en la normativa electoral en donde se establece que durante el periodo de campaña electoral, todas las instituciones públicas están prohibidas de difundir publicidad electoral mediante ningún medio de comunicación social, sostuvo.
De esta manera, el artículo 207 del Código de la Democracia determina que “quienes ejerzan la función pública y se encuentren calificados como candidatas o candidatos no podrán participar oficialmente en eventos de inauguración de obras u otros financiados con fondos públicos”.
Asimismo, Pamela García, responsable de la unidad de Fiscalización y Control de Gasto Electoral de la Delegación Provincial Electoral de Bolívar menciona que, dos días antes de las elecciones y hasta las 17h00 del día del sufragio queda prohibida la difusión de cualquier tipo de información dispuesta por las instituciones públicas, de opiniones o imágenes que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia electoral.
Infringir estas prohibiciones conllevará la suspensión de la publicidad en los medios de comunicación involucrados y tendrá una multa que oscilará entre los cincuenta a cien mil dólares, como lo determina el artículo 277 del código de la Democracia.