A través de monitoreo de medios de comunicación tradicionales: prensa, radio y televisión, el área de Participación Política de la Delegación Provincial Electoral de Sucumbíos trabaja de manera continua para identificar posibles infracciones referentes a la difusión anticipada de propaganda por parte de organizaciones y movimientos políticos.
La Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, al respecto de la difusión de campaña anticipada o precampaña electoral establece en su artículo 278, que: “las infracciones electorales graves serán sancionadas con multas desde once salarios básicos unificados hasta veinte salarios básicos unificados, destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años”.
En este contexto, la delegación electoral recibe informes mensuales por parte de los medios de comunicación de la provincia, en los cuales se reportan los registros de contratos publicitarios de carácter electoral, que permitan la identificación de posibles incumplimientos a la ley.