Publicidad de instituciones públicas debe ser autorizada por el CNE

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El 17 de septiembre, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) convocó oficialmente a las Elecciones Generales 2021; desde esa fecha, a escala nacional, la difusión de publicidad de instituciones públicas en medios de comunicación se realiza bajo la autorización del CNE.

Con la convocatoria al nuevo proceso electoral el Pleno del CNE aprobó el reglamento de Promoción Electoral, en el artículo 48 del reglamento se establece que “Las instituciones públicas están prohibidas de utilizar recursos del Estado para la difusión de publicidad electoral. Desde la convocatoria a elecciones y durante la campaña electoral, se prohíbe la publicidad o propaganda de las instituciones del Estado, en todos los niveles de Gobierno a través de radio, televisión, medios digitales, vallas publicitarias, prensa escrita u otros medios impresos, salvo la publicidad o propaganda autorizada por el Consejo Nacional Electoral (…)”

Jorge Harris, director de la delegación, informó que esta disposición fue oficiada a las diferentes instituciones públicas y medios de comunicación en la provincia de Azuay. “Si se necesita difundir publicidad de instituciones públicas se debe realizar un oficio al Consejo Nacional Electoral en el que se solicite la autorización de la publicidad institucional de entidades públicas”, puntualizó la autoridad electoral.

Ximena Muñoz, responsable de la Unidad de Promoción Electoral de la delegación, explicó que las  instituciones  públicas  que requieran autorización por parte del órgano electoral deberán solicitar mediante un oficio dirigido  a la máxima autoridad del CNE. Deben adjuntar el  material  o pieza  publicitaria  en su  formato correspondiente:  cuña  o  programa para radio  tradicional  o por  internet; spot para  pantalla  LED o  televisión  tradicional  o  por internet; programa para televisión tradicional o por internet; audio, video, GIF, banner, slider para medios digitales; arte o ejemplar impreso para periódico, revista, inserto, valla publicitaria, pantalla LED, hoja  volante,  afiche,  folleto,  plegable;   o,  cualquier   otro  producto  comunicacional   de  tipo publicitario  o propagandístico.

Dentro del calendario electoral la campaña para las Elecciones 2021  inicia el 31 de diciembre de 2020 y concluye el 4 de febrero de 2021.