Pautaje de material publicitario o piezas comunicacionales requieren autorización del CNE

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La Delegación Provincial Electoral de Orellana informa que durante la etapa de la  campaña electoral,  las instituciones públicas solo podrán informar sibre planes y programas de carácter específicos. Los spot o cuñas que se encuentran en difusión en su contenido no debe tener ningún tipo de información que incida el ámbito político o electoral, según el Reglamento a la Ley Orgánica de Comunicación en el Art. 41.- Publicidad política. – Es publicidad política cualquier forma de difusión de ideas y candidaturas con fines ideológicos y electorales ordenada por los sujetos políticos.
 
La difusión de la publicidad política se sujetará a Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, así como a los reglamentos, resoluciones y directrices que para tales efectos establezca el Consejo Nacional Electoral.
 
Las organizaciones políticas que requieran publicar algún material publicitario en los diferentes medios de comunicación masiva, deberán presentar por escrito una solicitud ante el CNE de Orellana, especificando el tipo de material, tipo de contenido en que tipo de medio será pautado, tiempo de duración que estará al aire, la documentación y el material publicitario será analizado por el personal del DPEO, previa autorización del Director del CNE  las instituciones públicas podrán difundir las piezas comunicacionales.