El voto es obligatorio y las multas por no cumplir con este proceso son acumulativas

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Los ciudadanos que tenían la obligación de sufragar en el proceso de las Elecciones Generales 2021 del domingo 7 de febrero, y no acudieron a las urnas, el Código de la Democracia establece ciertas multas.

El artículo 47 del Código de la Democracia señala que los ciudadanos que no vayan a las urnas deberán presentar una justificación o caso contrario serán multados con USD 40, equivalente al 10% del Salario Básico Unificado de USD 400.

Es importante recordar a la ciudadanía que el voto es obligatorio y las multas por no cumplir con ese proceso son acumulativas. Es decir, así haya segunda vuelta si usted no acudió a sufragar en la primera vuelta, el 7 de febrero y no presenta una justificación deberá pagar la multa de USD 40, y si decide no volver a sufraga en la segunda vuelta, ahora su multa será de USD 80.

Mientras tanto, las multas para los miembros de las Juntas Receptoras de Voto (JRV) que no se presentaron el día de las elecciones tendrán una sanción del 15% del SBU. Es decir, USD 60. Y si esta persona tampoco acudió a votar, se le sumarán otros 40, es decir, la multa para esta persona será USD 100. Y si no se presenta en la segunda vuelta como integrante de la JRV y tampoco acude a votar la multa será de USD 100 más, es decir, la deuda total llegará a USD 200.

Los ciudadanos que no cumplieron con cualquiera de estos dos llamados verán presentar una justificación ante la Junta Provincial Electoral, a la que deberán adjuntar un certificado médico si fuera el caso, este debe garantizar que él o la ciudadana estuvo imposibilitada de asistir a cumplir con este deber cívico.