Luego que el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó y proclamó los resultados oficiales de los comicios del pasado 7 de febrero y de cara a una segunda vuelta en el proceso de las Elecciones Generales 2021, el órgano electoral informa que las entidades públicas que necesiten difundir publicidad en los medios de comunicación social: prensa escrita, radio, televisión y vallas publicitarias, tendrán que solicitar la autorización, previo a la transmisión, ante el Consejo Nacional Electoral (CNE).
De esta manera se da cumplimiento a lo que establece el artículo 203 del Código de la Democracia que señala: «durante la campaña electoral se prohíbe la publicidad o propaganda de las instituciones del Estado, en todos los niveles de gobierno, salvo las excepciones, que se detallan a continuación:
- Cuando se requiera en las obras públicas, informar a la ciudadanía sobre cierres o habilitación de vías u obras alternas o lugares alternos.
- En situaciones de emergencia, catástrofes naturales, cuando se requiera informar a la ciudadanía sobre medidas de seguridad, evacuación, cierre o habilitación de vías alternas.
- Cuando se requiera informar temas de importancia nacional, tales como: campañas de prevención, vacunación, salud pública, inicio o suspensión de periodos de clases, seguridad ciudadana u otras de naturaleza similar.
Andersson Silva, director de la delegación, informó que las instituciones públicas que requieran autorización por parte del órgano electoral deberán solicitar mediante un oficio dirigido a la máxima autoridad del CNE. Deben adjuntar el material o pieza publicitaria en su formato correspondiente: cuña o programa para radio tradicional o por internet; spot para pantalla LED o televisión tradicional o por internet; programa para televisión tradicional o por internet; audio, video, GIF, banner, slider para medios digitales; arte o ejemplar impreso para periódico, revista, inserto, valla publicitaria, pantalla LED, hoja volante, afiche, folleto, plegable; o, cualquier otro producto comunicacional de tipo publicitario o propagandístico, señalo la autoridad electoral.
Por lo tanto, las instituciones públicas que requieran difundir información sobre alguno de estos temas deberán presentar su producto publicitario al órgano electoral, el mismo que revisará y aprobará la respectiva publicidad o propaganda.
Dentro del calendario electoral la campaña para las Elecciones Generales 2021 de la segunda vuelta, inicia el 18 de marzo de 2021 y concluye el 8 de abril de 2021.