Los ciudadanos que no sufragaron o no acudieron a integrar las Juntas Receptoras del Voto (JRV) en las Elecciones Seccionales, del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y Referéndum 2023, pueden justificar su inasistencia en la Delegación Provincial Electoral de Cañar.
Jhoe Coronel, director de la Delegación Electoral de Cañar, informo que los ciudadanos podrán justificar el no haber sufragado el 5 de febrero, si cumplen los requisitos de las causales para no recibir una sanción económica, según lo establece el Código de la Democracia, en su artículo 292, que son:
1. Quienes no pudieron votar por mandato legal.
2. Quienes no pudieron votar por motivo de salud o por impedimento físico comprobados con el certificado de un facultativo médico del Sistema Nacional de Salud Público o Privado.
3. Quienes hayan sufrido calamidad doméstica grave ocurrida en el día de las elecciones o hasta ocho días antes.
4. Quienes en el día de las elecciones se encuentren fuera del territorio nacional.
Agregó que, una vez presentada la documentación requerida, se procederá a emitir un certificado provisional de votación, mismo que tiene una vigencia de 90 días. Después de este periodo se emitirán los certificados definitivos de votación.
Informó que las personas que no presentan su justificativo deberán cancelar una multa del 10% del Salario Básico Unificado (SBU). De igual forma, si un Miembro de la Junta Receptora del Voto (MJRV) no la integró, deberá cancelar una multa del 15 % del (SBU), y si un (MJRV) no se capacitó, deberá cancelar el 10% de una remuneración unificada.