CNE asigna Fondo Partidario Permanente a seis a organizaciones políticas.

08-05-2015 CNE entrega fondo partidario

El Consejo Nacional Electoral (CNE), en sesión del Pleno, este 7 de mayo, aprobó la asignación del Fondo Partidario Permanente 2015, para seis organizaciones políticas.

Las organizaciones políticas que recibirán el monto son: Partido Social Cristiano, Partido Sociedad Patriótica, Partido Avanza, Movimiento Alianza País, Partido Socialista Ecuatoriano, Movimiento Creo, Creando Oportunidades.

En el caso del Partido Social Cristiano, el Pleno del CNE dispuso que el fondo se le asignará una vez que presente el informe económico contable del año 2014, de acuerdo a lo señalado en el artículo 356 del Código de la Democracia.

El doctor Juan Pablo Pozo, Presidente del Consejo Nacional Electoral, dijo que la asignación del Fondo Partidario Permanente responde a un nuevo modelo de fortalecimiento de participación política. «Estos recursos tienen que ser utilizados exclusivamente para los fines establecidos en el Código de la Democracia», afirmó.

La resolución del Pleno, indica que estos recursos se entregarán una vez que las organizaciones políticas cumplan con la documentación que sustente la entrega del fondo asignado. Asimismo la entrega será parcial, la certificación presupuestaria señalada para el caso es de 3.200.000. La totalidad del monto se asignará una vez que el Ministerio de Finanzas realice la entrega total.

La distribución se realizará de acuerdo a lo señalo en el Código de la Democracia: «el cincuenta por ciento en partes iguales a cada organización que tenga derecho, el treinta y cinco por ciento en forma proporcional, al número de votos obtenidos en cada una de las elecciones pluripersonales; y, el quince por ciento al Instituto de Investigación y Análisis Político Electoral.»

Para establecer qué partidos y movimientos políticos acceden al Fondo Partidario Permanente se aplicaron los requisitos del artículo 355 inciso 1 del Código de la Democracia, en concordancia con el inciso primero del artículo 110 de la Constitución de la República. En cuanto a los movimientos políticos, se empleó lo dispuesto en el artículo 357 de la Ley Electoral y 110 inciso segundo de la Constitución de la República.

Pozó, enfatizó que el Fondo Partidario será utilizado exclusivamente para propiciar actividades de formación, publicaciones, capacitaciones e investigaciones, así como para su funcionamiento institucional, de acuerdo a lo establecido en el artículo 355, último inciso del Código de la Democracia.

Finalmente el titular del órgano electoral, informó que la Dirección de Fiscalización y Control del Gasto se encargará de auditar el uso correcto de los fondos, de acuerdo a lo establecido en la ley, y resaltó que es la primera vez que se entrega a inicio de año (Fuente: www.cne.gob.ec

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