CNE entrega certificados de votación provisionales

CNE Delegación Napo - Entrega certificados provicionales 2018

Tras el proceso del Referéndum y Consulta Popular 2018, la Delegación Electoral de Napo realizó la revisión y escaneo de padrones electorales correspondientes a los pasados comicios del 4 de febrero, con la finalidad de establecer quienes fueron los ciudadanos que no sufragaron y no acudieron para la conformación de mesas electorales, determinando así las personas que deberán cancelar multas en ambos casos.

Por disposición de la Dirección Nacional Técnica de Procesos Electorales del CNE, desde la semana pasada en ventanilla de la delegación se realiza la entrega de certificados de votación provisionales, mismos que tienen una vigencia de tres meses (90 días) y que sirven a los ciudadanos para la ejecución de cualquier tipo de trámite personal en entidades públicas o privadas. El Consejo Nacional Electoral dará a conocer a partir de qué fecha se realizará la entrega de especies de certificados de votación originales y el respectivo cobro de multas electorales.

Los ciudadanos que estando obligados a sufragar y no pudieron votar por mandato legal; por motivo de salud o por impedimento físico; por calamidad doméstica grave ocurrida el día de las elecciones y hasta ocho días antes; por encontrarse fuera del país o llegar el día de las elecciones; por encontrarse cumpliendo actividades propias del evento electoral el día de las elecciones; y, quienes por tener voto facultativo, no estaban obligados a votar, podrán presentar su solicitud de exoneración y/o justificación de multas del mencionado proceso electoral, ante la Secretaría de Delegación Provincial, adjuntando los siguientes datos y documentos personales:

A) Nombres y apellidos completos del solicitante
b) Copia de la cédula de identidad, ciudadanía o pasaporte
c) Dirección domiciliaria y dirección de correo electrónico
d) Documentación que sustente que él o la peticionaria se acoge a una de las causales que justifican su inasistencia, de acuerdo a los siguientes casos:

Ausencia del país: Original y copia de la cédula de ciudadanía y del pasaporte donde conste la salida y la entrada al país, certificando su ausencia en el período comprendido antes y después del día de las elecciones.

Por enfermedad: Certificado de un médico del Sistema Nacional de Salud Público o Privado, en este último caso se deberá validar el certificado ante un centro del Sistema Nacional de Salud Pública.

Por Servicio Militar Obligatorio: Original y copia de la cédula militar o certificación de la Dirección de Movilización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.

Personas mayores de 65 años o analfabetas: Original de la cédula de ciudadanía.

Personas con discapacidad: Original y copia de la cédula de ciudadanía y del carné respectivo.

Las multas establecidas para quienes no sufragaron corresponde al 10% de una Remuneración Básica Unificada, mientras quienes no acudieron a integrar las Juntas Receptoras del Voto es del 15% de una Remuneración Básica Unificada.