CNE Manabí recuerda a candidatos prohibiciones en tiempo de campaña electoral

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La Delegación Provincial Electoral de Manabí recordó  a las Organizaciones Políticas (OP) y a los candidatos que participan en estas Elecciones Generales las regulaciones con las deberán manejar la difusión de sus propuestas en tiempo de Campaña Electoral.

La Presidenta de la Junta Provincial Electoral de Manabí, Silvia Sánchez Mejía, advirtió que los postulantes están prohibidos de emitir mensajes que inciten a la violencia, discriminación o sean  de carácter insultante; tampoco pueden utilizar la imagen de niños o niñas y adolescentes en sus promocionales y fotografías de campaña. En el caso de que los  candidatos que aspiran a una reelección; no pueden participar de la  inauguración de obras, actos, ni bienes públicos para la difusión de  sus candidaturas” acotó.

En este aspecto el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME) firmaron un convenio de cooperación interinstitucional para que los Municipios también controlen la propaganda que emitan los candidatos y Partidos Políticos  en áreas bajo su jurisdicción.

Además,  Sánchez  señaló que  los Partidos Políticos deberán justificar debidamente de donde ha obtenido bienes y recursos utilizados en campaña.

“La ley ha previsto las prohibiciones así como las fuentes de financiamiento de las OP, todo con la finalidad de evitar la corrupción y el empleo de dinero ilícito en las campañas electorales tal como lo describen los artículos 219 y 221 del Código de la Democracia”.

La autoridad electoral  informó que desde la Delegación del CNE en Manabí existe un monitoreo constante en medios de comunicación y espacios públicos para verificar  con el cumplimiento de las normas antes del inicio oficial de la campaña.

“La propaganda y promoción realizada con anterioridad a la convocatoria a las elecciones será considerada parte  del gasto de campaña electoral en el caso que la personas a la que se fomenta la imagen sea inscrita y calificada  como candidata o candidato”.

El Consejo Nacional Electoral, ha dispuesto que se imputara al gasto electoral  de la dignidad o de la organización, la publicidad y propaganda que se realice previo al inicio de la campaña.

De igual manera recordó que cualquier denuncia sobre mal manejo de campaña electoral puede ser presentada a la Delegación del CNE en Manabí y a su vez ser trasladada al Tribunal Contencioso Electoral para su posterior análisis.

  • FINANCIAMENTO DE CAMPAÑAS ELECTORALES

El  Código de la Democracia señala que las organizaciones políticas pueden recibir aportaciones única y exclusivamente de:

Las cuotas obligatorias ordinarias y extraordinarias de los afiliados.

Las cuotas voluntarias y personales de los candidatos.

Los aportes o donativos voluntarios de las personas naturales extranjeras que residan en el Ecuador y los ingresos que los partidos o movimientos políticos tienen por renta  de sus bienes sus actividades promocionales.

Es obligación de los partidos y movimientos políticos   justificar el origen y montos de recursos y bienes obtenidos.