El Reglamento de Promoción Electoral, en su artículo 45, establece la prohibición a las instituciones públicas para hacer uso de recursos del Estado en difusión de publicidad o propaganda, salvo las excepciones detalladas en el artículo 46 del mismo reglamento:
1.- Que se trate de difusión de programas o proyectos que se estén ejecutando o se vayan a ejecutar durante el período de campaña.
2.- Cuando se deba informar a la ciudadanía sobre cierres o habilitación de vías u obras alternas o lugares alternos.
3.- Cuando se informe acerca de temas de importancia nacional, como campañas de prevención, vacunación, salud pública, inicio o suspensión de clases, seguridad ciudadana, entre otras.
4.-En situaciones de emergencia, catástrofes naturales, cuando se deba informar sobre medidas de evacuación y cierre o habilitación de vías alternas.
En relación a la entrega de autorizaciones, el artículo 47 de ese cuerpo legal señala que el director de la delegación podrá autorizar la publicidad excepcional a instituciones públicas de la jurisdicción y entregar el código pertinente, previo informe de la Unidad de Participación Política de la delegación.
Es necesario recordar a los sujetos políticos y a los medios de comunicación de Pastaza que, oficialmente, la campaña electoral para los comicios del 2019 empezará el 5 de febrero y culminará el 21 de marzo, es decir