El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD en su Art. 46, determina que el Consejo Nacional Electoral, en un plazo máximo de diez días a partir de la posesión de los integrantes de las juntas parroquiales rurales, convocará a un colegio electoral conformado por los presidentes o presidentas de las juntas parroquiales rurales y quienes cumplan la función de ejecutivo de las circunscripciones territoriales indígenas, afroecuatorianas o montubias de ese nivel en cada provincia, para elegir de entre ellos y ellas a sus representantes principales y alternos al consejo provincial, en elección indirecta. Este procedimiento se volverá a realizar en la mitad del período para el que fue electo el prefecto o la prefecta. La provincia de Galápagos queda exceptuada de este procedimiento.
En tal contexto, este domingo 28 de mayo, en 23 provincias del país, se realizarán los Colegios Electorales, en donde se elegirán de entre los presidentes de las Juntas Parroquiales Rurales a sus representantes ante el Consejo Provincial.
En la provincia de Santa Elena se elegirán a cinco principales y sus respectivos suplentes, de acuerdo a lo que señala el COOTAD, Art. 45: “En las provincias que tengan de cien mil uno hasta doscientos mil habitantes del área rural, el consejo provincial contará con cinco presidentes o presidentas de las juntas parroquiales rurales”. El acto democrático se desarrollará en el ‘Salón Azul’ de la Universidad Estatal Península de Santa Elena (UPSE), a las 09:00.