Cumpliendo con el cronograma establecido para el Referéndum y Consulta Popular 2018 la Delegación Electoral de Los Ríos, mediante brigadas de notificadores, se encuentra recorriendo la provincia con la finalidad de realizar la entrega de nombramientos a los ciudadanos y ciudadanas que resultaron seleccionados como Miembros de las Juntas Receptoras del Voto, el pasado 19 de diciembre de 2017.
En Los Ríos 11.781 personas desempeñarán este rol el próximo 4 de febrero, mientras se avanza en la entrega de notificaciones, hasta la fecha asciende al 46,69%.
La unidad de Procesos Electores presentó el detalle del avance en la entrega de nombramientos en los 13 cantones riosenses:
CANTONES |
AVANCE |
BABA |
46,30% |
BABAHOYO |
44,59% |
BUENA FE |
46,26% |
MOCACHE |
36,73% |
MONTALVO |
29,38% |
PALENQUE |
44,76% |
PUEBLOVIEJO |
46,75% |
QUEVEDO |
52,50% |
QUINSALOMA |
55,03% |
URDANETA |
63,87% |
VALENCIA |
33,45% |
VENTANAS |
43,54% |
VINCES |
46,99% |
Según lo estipulado en el artículo 292 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador Código de la Democracia, las personas que no concurrieran a integrar las Juntas Receptoras del Voto estando obligadas, serán multadas con el equivalente al 15% de una remuneración mensual básica unificada.
El no acudir al sufragio representa una multa de $ 38,60 y para quienes conforman la Junta Receptora del Voto y no cumplen con lo dispuesto la sanción será de $ 57,90.
No incurren en estas faltas:
1.- Quienes no pueden votar por mandato legal
2.- Quienes por motivo de salud o impedimento físico comprobados con el certificado de un facultativo médico del Sistema Nacional de Salud Público o Privado.
3.- Quienes hayan sufrido calamidad doméstica grave ocurrido el día de las elecciones o hasta ocho días antes.
4.- Quienes en el día de las elecciones se ausenten o lleguen al país, así como aquellos que se encuentren fuera del territorio nacional.
5.- Quienes por voto facultativo no estén obligados a votar, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 numeral 2 de la Constitución de la República.