Delegación electoral atiende trámites para justificación de multas y sanciones

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Una vez que el Consejo Nacional Electoral inició la emisión de certificados de votación definitivos, la ciudadanía puede acercarse a la delegación provincial que le corresponda para cancelar sus respectivas multas en caso de no haber acudido a votar, capacitarse o no integrar las Juntas Receptoras del Voto.

Cabe señalar, que solo se podrá justificar y exonerar a quienes estén inmersos en lo que establece el numeral 292 del Código de la Democracia: por motivo de salud o por impedimento físico comprobados, quienes hayan sufrido calamidad doméstica grave ocurrida en el día de las elecciones o hasta ocho días antes, quienes, en el día de las elecciones, se ausenten o lleguen al país, así como aquellos que se encuentren fuera del territorio nacional; y, quienes por tener voto facultativo, no están a obligados a votar, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 numeral 2 de la Constitución de la República.

Las multas a cancelar corresponden al 10% de una remuneración mensual básica unificada (RMBU) por no asistir a sufragar o capacitarse, y el equivalente al 15% de un salario básico a quienes no integraron las mesas electorales. Estas son acumulables por cada vuelta electoral o proceso eleccionario convocado.

Se comunica a la ciudadanía esmeraldeña, que tanto Secretaría como la ventanilla única de recaudación atiende de lunes a viernes, en horario de 08:30 a 17:00, debiendo portar la cédula de ciudadanía o pasaporte; así como, cumplir con las medidas de bioseguridad dispuestas por los organismos competentes.