La Delegación Electoral de Esmeraldas, desde el 5 de febrero, en el marco de lo establecido por el Código de la Democracia, recepta la justificación a los ciudadanos que no acudieron a sufragar o integrar las Juntas Receptoras del Voto el pasado 4 de febrero en el Referéndum y Consulta Popular.
Son 988 los trámites de justificación por incumplimiento del sufragio y la no integración de las Juntas Receptoras del Voto, que hasta el momento, la Delegación de Esmeraldas registra en su base de datos de multas y sanciones, correspondientes al mencionado proceso.
Las exoneraciones, sanciones o multas, se establecen de conformidad con el artículo 292 del Código de la Democracia y el respectivo reglamento de trámites en Sede Administrativa, para que la ciudadanía presente la documentación que sustente su causa.
Como son: quienes no pueden votar por mandato legal; por motivos de salud o impedimento físico comprobados; calamidad doméstica, quienes, en el día de las elecciones se ausenten o lleguen al país, así como aquellos que se encuentren fuera del territorio nacional; y, quienes por tener voto facultativo no están obligados a votar.
Si el elector no estuviere de acuerdo con lo resuelto por la delegación, podrá presentar su recurso de impugnación ante el Consejo Nacional Electoral. De persistir la inconformidad, el ciudadano podrá interponer el recurso de apelación ante el Tribunal Contencioso Electoral.
Cabe señalar que en el mes de junio estará habilitado el sistema de recaudaciones para el cobro de multas, en la ventanilla única de atención de las 24 delegaciones del país.