Difusión de publicidad de instituciones públicas requiere autorización del CNE

La Delegación Provincial Electoral del Azuay recuerda que en período de campaña electoral las instituciones públicas únicamente podrán informar sobre asuntos cuya difusión sea necesaria para la ejecución de planes y programas específicos; para lo cual necesitan una autorización del Consejo Nacional Electoral (CNE).

La difusión de la campaña o programa, ya sea en cuñas o spots, debe encontrarse en ejecución durante este período y su contenido no debe incidir en lo político o electoral.

Eduardo Dumas, director de la Delegación Provincial Electoral del Azuay, explica que tampoco está sujeta a la prohibición la difusión de información en caso de grave conmoción interna, catástrofes naturales, entre otras situaciones excepcionales.

Así, las instituciones deben presentar una solicitud ante el CNE del Azuay dirigida a la Dirección de la Delegación, en donde se detalle el nombre, el tiempo de la cuña o spot, horario, medios de comunicación que publicitan, la inversión por meses de la publicidad en el 2016 y la inversión durante la campaña electoral 2017.

No hay un formato específico para la solicitud. La documentación será analizada por el Departamento de Promoción Electoral para que, de acuerdo a un informe, el Director autorice la entrega del código de autorización que permita al medio pasar la publicidad.

En el caso de rendiciones de cuentas como programas radiales o televisivos en vivo o pregrabados, que no incluya ningún tipo de contenido político electoral y que sobrepase los 30 minutos, no requieren autorización. Sin embargo, este y todo tipo de contenido es monitoreado por el Departamento de Fiscalización para evitar incumplimientos con las normativas.