Elecciones se desarrollaron con observación internacional.

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Observadores Internacionales de Argentina destacaron  que en  Ecuador  se permita  la observación electoral  esto mediante la participación que tuvieron  en el desarrollo  de las  elecciones  el pasado 19 de  febrero  del  2017.

Leandro López,  Académico de  UNNOBA, Universidad Nacional  del Noroeste de Buenos Aires Argentina, indicó  que  Ecuador  es un país  donde  se permite la observación  electoral  y que esto es muy importante  para los organismos internacionales,  para el país, y    para  la democracia,

López  felicitó  a las  autoridades  del Consejo  Nacional Electoral (CNE), poniendo énfasis  por la   amplitud que se le dio  a la  observación internacional “es digno de  destacar la convocatoria  realizada por el CNE  a organismos  internacionales  en las  elecciones “dijo López.

El académico  de la Universidad de Buenos Aires  acotó “nosotros no  interferimos   en el proceso  electoral solo  observamos y hacemos  sugerencias  que van  a mejorar  el sistema democrático, la calidad del proceso democrático  y la transparencia electoral”.

Por otra parte Leandro Querido, de Transparencia Electoral de Argentina, refirió que no en todos los países de América Latina se permite la observación electoral, en  este caso, destacó el trabajo del CNE por  hacer partícipe en el  Ecuador la observación Internacional.

Leandro Querido, calificó  a la   observación  electoral como una herramienta,   algo muy importante  para  el fortalecimiento de la democracia y para  el fortalecimiento de los organismos  electorales.

Los dos  argentinos  formaron parte,   junto  a observadores  de UNASUR y OEA, de la misión internacional que acompañaron el proceso las elecciones pasadas en la provincia de Esmeraldas.

La ruta de los observadores internacionales  estuvo enmarcada,  en recorrer  los recintos electorales, observar la participación de los ciudadanos durante el proceso de la votación, conocer  el Centro de Procesamientos de Resultados (CPR) y el escrutinio de los votos  entre otras  actividades.

El Código de la Democracia,  en su artículo  173,  determina que la observación electoral  tiene  su fundamento  en el  derecho ciudadano reconocido  en la  Constitución.