Continuando con el proceso de validación de candidaturas inscritas rumbo a las Elecciones Generales de Febrero del 2017, la Junta Provincial Electoral del Guayas, en sesión permanente procedió a calificar a las organizaciones políticas de acuerdo a su periodo de inscripción, tal como lo establece el Código de la Democracia. En Guayas son 13 las organizaciones políticas calificadas.
Las organizaciones calificadas son: Fuerza EC; Alianza CREO-SUMA; Alianza PSC-Madera de Guerrero; Partido Socialista; Adelante Ecuatoriano Adelante; Movimiento Salud y Trabajo; Movimiento Alianza Pais; Sociedad Patriótica; Unidad Popular; Concertación Nacional; Fuerza Compromiso Social y Unión Ecuatoriana; y, Avanza.
Irene Ferruzola, vocal de la JPE, informó que en sesión permanente este 30 de noviembre del presente, se procedió a validar las circunscripciones 2, 3 y 4 del movimiento Avanza, según informe jurídico donde se establece que se rechaza la lista de la circunscripción 1.
Ferruzola, agregó que la Junta Provincial Electoral resolvió, aprobar las inscripciones de las candidaturas de la circunscripción tres de la organización política Unión Ecuatoriana. Esta calificación se da a raíz de la presentación de los descargos correspondientes en el período de observación de esta circunscripción, por lo tanto, esta organización participa con las 4 circunscripciones.
Así también, se aprobó el informe jurídico en el cual se califica la circunscripción número 4 de la organización política Fuerza Compromiso Social, luego que se cumpliera el periodo de descargo tal como lo indica el reglamento electoral.
Hasta el momento, se espera que la organización política Pachakutik se pronuncie sobre la resolución emitida por la Junta Provincial Electoral, la cual establece que no califican las listas presentadas para este proceso Electoral 2017. Este 1 de diciembre se ratificó el fallo de que la lista presentada por el señor Gerardo Hurtado fue rechaza por improcedente, mientras la lista presentada por el señor Marlon Santi fue rechazada por la Junta, de manera definitiva por no haber subsanado dentro del plazo los requisitos incumplidos dispuestos en la resolución anterior.