En Santa Elena se calificaron 19 listas y 2 fueron inadmitidas

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La tarde del viernes 16 de octubre, la Junta Provincial Electoral culminó con el análisis de la documentación entregada por las 21 listas para la inscripción y calificación de candidaturas a asambleístas provinciales.
 
En esta última jornada se calificaron las candidaturas de las organizaciones políticas: Unión Ecuatoriana, Lista 19, cuyos candidatos principales son Ronny Alonso Altafuya Rojas, Alicia Licenia Vera Caiche y Euler Francisco Mendoza Posligua y sus alternos Jennifer Stefanía Rodríguez Jaramillo, Steven Isaac Nolivos Gutiérrez y Zully Rachell Burbano Muñoz.
 
Movimiento Construye, Lista 25, integrada por Robert Daniel Malavé Limones, Marlene Magdalena Morales Malavé y Carlos Michell Métiga Clemente, candidatos principales y sus alternos María Fernanda Reyes Tulcán, Lucas Alexander Pereira Rosales y María Belén González Sancán.
 
Mientras que durante esta semana, se aprobó la calificación del movimiento Libertad es Pueblo, Lista 9, conformada por María Elizabeth Laínez Tigrero, Jorge Aníbal Ramírez Balón y Carla Annabel Yagual Cedeño y sus alternos Edison Wilfrido Espinoza Panchana, Reina Azucena González del Pezo y David Josué Zambrano Malla.
 
Alianza Honestidad, integrada por las organizaciones políticas: Partido Socialista Ecuatoriano, Lista 17 y Concertación, Lista 51, cuyos candidatos principales son: Leonardo Sebastián Capella Magnoni, Lorena Raquel Matías Rodríguez y Jaime Ruddy Jaramillo Del Valle, junto a los suplentes: Astrid Carolina Mena Burgos, José Feliciano Quimí Quimí y Flor del Roció Merchán Borja.
 
Alianza PAIS, Lista 35, integrada por los candidatos principales: Henry Antonio Villacís Banchón, Leonor Maribel Vera García, Manuel Orlando Pillasagua Suárez y los alternos: Dilia Lucía Reyes Ponce, Alejandro Elías Barquet Naranjo y Shirley Jéssica Asencio Pinoargote.
 
Asimismo, la junta electoral inadmitió las candidaturas de las organizaciones políticas Fuerza Ecuador, Lista 10 y Podemos, Lista 33 por no haber subsanado los requisitos establecidos en la normativa electoral vigente.