2 ANTECEDENTES
Mediante oficio Circular No. CNE-DNFCGE-2013-0022-C, de 18 de diciembre de 2013, la Direcci6n Nacional de Fiscalizaci6n y Control del Gasto Electoral, record6 a los senores Directores de las Delegaciones Provinciales, la obligatoriedad de las organizaciones politicas que hubieren realizado campaiias electorales primarias de presentar el informe correspondiente, en el plazo de treinta dias posterior a la realizaci6n de este evento.
3 MARCO JURiDICO
Ley Organica Electoral y de Organizaciones Politicas de la Republica del Ecuador, C6digo de la Democracia
Art. 25.- «Sonfunciones del Consejo Nacional Electoral:
12. «Vigiar que las organizaciones politicas cumplan con la ley, la normativa secundaria y sus estatutos».
Art. 350.- «La organizacion politica promo vera la equidad en la promocion de las candidaturas, en el debate y en el involucramiento de la ciudadania en el proceso electoral interno. Se podra contratar propaganda por parte de la organizacion politica en igualdad de condiciones para todas las candidaturas y por los candidatos y candidatas solo si existe un acuerdo unanime entre ellos de tal forma que ninguna precandidatura se perjudi que «.
Art. 352.- «Sonfunciones del organa electoral central del partido 0 movimiento, las siguientes:
3. Procurar la financiacion del proceso electoral interno. Las campahas electorales no podrdn gastar mas de un 15% del monto maximo asignado para cada dignidad. Si supera este monto, se imputard el excedente al gasto de la campaha electoral de la dignidad correspondiente «,
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