Este 3 enero, a escala nacional e internacional, inició la campaña electoral que tendrá una duración de 30 días, hasta el jueves 1 de febrero a las 23h59. Etapa en la que las 40 organizaciones políticas y sociales inscritas podrán realizar actividades tendientes a difundir las tesis propuestas para el Referéndum y Consulta Popular.
El artículo Artículo 202, del Código de la Democracia, establece que durante este período, el Estado, a través del presupuesto del Consejo Nacional Electoral, garantizará de forma equitativa e igualitaria la promoción electoral que propicie el debate y la difusión de las propuestas programáticas de todas las candidaturas.
El financiamiento comprenderá exclusivamente la campaña propagandística en prensa escrita, radio, televisión y vallas publicitarias. Los egresos realizados en estas actividades se imputarán al gasto electoral de cada organización política, después de la campaña deberán hacer una rendición de cuentas.
Durante esta campaña todas las instituciones públicas están prohibidas de difundir publicidad a través de prensa escrita, radio o televisión, únicamente podrán informar en los medios temas cuya difusión sea necesaria para la ejecución de planes y programas específicos que se encuentren en ejecución durante este periodo, indica el artículo 207 de la normativa electoral vigente.