Desde hoy, los ciudadanos de Santa Elena pueden acercarse a la Delegación Provincial Electoral de la provincia para tramitar el certificado de votación definitivo, correspondiente a los procesos electorales realizados el 19 de febrero y el 2 de abril, en primera y segunda vuelta de las Elecciones Generales 2017, respectivamente. Adicionalmente, la ciudadanía podrá presentar las justificaciones del caso, por no haberse presentado a sufragar en el mismo proceso.
Marina Silva Coloma realizó el trámite el día de hoy. Se acercó a ventanilla y canceló la multa por no sufragar. De esta manera, obtuvo ágilmente su certificado de votación. “No pude sufragar por motivos personales. Por ese motivo, tuve que pagar la multa. El trámite es muy rápido”, señaló
En la provincia de Santa Elena, se registró el 7.79% de ausentismo (es decir, 18.643 empadronados). Estos, por no haber sufragado, deberán cancelar una multa equivalente al 10% de una remuneración mensual unificada ($ 37,50) por cada proceso electoral en el que no hayan participado.
Justificaciones
Los ciudadanos que no sufragaron, podrán presentar sus justificaciones, siempre y cuando estas estén dentro de las causales descritas en el artículo 6 del reglamento de Trámites en sede administrativa por incumplimiento del sufragio. Es decir, quienes:
- No pudieran votar por mandato legal.
- No pudieran votar por motivo de salud o por impedimento físico comprobado con el certificado de un médico del sistema Nacional de Salud Público Privado. En este último caso deberá validar el certificado ante un centro del sistema Nacional de Salud Pública.
- Por calamidad domestica grave ocurrida el día de las elecciones o hasta ocho días antes.
- Encontrarse fuera del país o llegada el día de las elecciones.
- Por cumplir actividades propias del evento electoral el día de las elecciones.
- Quienes por tener voto facultativo, no están obligados a votar.
Para acogerse a las causales antes mencionadas, deberán presentar los certificados correspondientes.