Instituciones Públicas deberán solicitar autorización para publicidad

A partir del 21 de agosto de 2022, fecha en que se llevará a cabo la Convocatoria a Elecciones seccionales 2023, las entidades públicas que necesiten difundir publicidad en los medios de comunicación social: prensa escrita, radio, televisión y vallas publicitarias, tendrán que solicitar la autorización, ante el Consejo Nacional Electoral (CNE). 

Las instituciones del Estado o medios de comunicación deberán presentar una solicitud al CNE y sus delegaciones provinciales, motivando la exención y adjuntando los productos comunicacionales, en formato de audio, video o arte, según corresponda.

De esta manera se da cumplimiento a lo que establece el artículo 203 del Código de la Democracia que señala: «durante la campaña electoral se prohíbe la publicidad o propaganda de las instituciones del Estado, en todos los niveles de gobierno, salvo las excepciones, que se detallan a continuación: que la difusión se refiera a información de programas o proyectos que estén ejecutándose o que por la oportunidad deban ejecutarse en dicho periodo; cuando se requiera en las obras públicas, informar a la ciudadanía sobre cierres o habilitación de vías u obras alternas, o lugares alternos; en situaciones de emergencia como catástrofes naturales, cuando se requiera informar a la ciudadanía sobre medidas de seguridad, evacuación, cierre o habilitación de vías alternas; cuando se requiera informar temas de importancia nacional tales como: campañas de prevención, vacunación, salud pública, inicio o suspensión de periodos de clases, seguridad ciudadana u otras de naturaleza similar».

Andersson Silva, director de la Delegación Provincial electoral de Zamora Chinchipe informó que, esta prohibición se sustenta en la normativa electoral en donde se establece que, durante el período de convocatoria a elecciones, todas las instituciones públicas están prohibidas de difundir publicidad electoral mediante ningún medio de comunicación social.

Asimismo, el director provincial mencionó que, dos días antes de las elecciones y hasta las 17h00 del día del sufragio queda prohibida la difusión de cualquier tipo de información dispuesta por las instituciones públicas, de opiniones o imágenes que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia electoral.