La Junta Provincial Electoral (JPE) de Napo en uso de sus competencias y atribuciones y dentro de los plazos establecidos para la etapa de inscripción y calificación de candidaturas para las Elecciones Generales 2021, acogió el recurso de objeción presentado por el procurador común de la alianza Napo Mágico y Productivo (Listas 23-6-19) ante la candidatura del señor Jonathan Edison Chávez Salazar, para la dignidad de Asambleísta provincial por la alianza Ponte Once y Avanza Napo (Listas 11-8).
Con base al informe técnico – jurídico elaborado por Asesoría Jurídica y la unidad de Participación Política de la Delegación Provincial Electoral de Napo; y amparados en lo estipulado en el artículo 104 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República el Ecuador, Código Democracia, la JPE de Napo procedió a negar la inscripción de la candidatura de Chávez.
En este contexto, tal como lo establece el artículo 14 del Reglamento para la Inscripción y Calificación de Candidaturas de Elección Popular, se concede a la alianza Ponte Once y Avanza Napo, el plazo de dos días posteriores a la notificación para que proceda a realizar el reemplazo del candidato y presentar la documentación ante la Junta Provincial Electoral para el trámite correspondiente.