FOTO: Archivo Delegación Provincial de Pichincha-CNE
Amparados en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Còdigo de la Democracia, en su Art. 48, la Junta Provincial Electoral de Pichincha (JPEP) comunicó a las instituciones educativas, que han sido declaradas recintos electorales para el Referéndum y Consulta Popular 2018.
El presidente de la JPEP, José Paucar, recordó que el artículo 21 de la Ley en mención establece que durante el proceso electoral, los organismos electorales dispondrán la colaboración de las autoridades o de los servidores públicos (…) para la aplicación de las disposiciones de esta ley, previo acuerdo.
Por su parte el artículo 276 del Código de la Democracia señala que “Constituyen infracciones de las autoridades o de los servidores públicos la omisión de la obligación de prestar la colaboración cuando es requerida por los organismos electorales; usar bienes y recursos públicos con fines electorales y no proporcionar oportunamente la información que les sea solicitada”.
El incumplimiento de estas obligaciones es sancionada con la destitución del cargo y una multa de hasta diez remuneraciones básicas unificadas.
El presidente de la Junta Provincial Electoral recordó que en las Elecciones Generales 2017 algunas instituciones educativas colaboraron parcialmente con este mandato legal.
“La colaboración de las instituciones educativas se enmarca en principios constitucionales de asumir las funciones públicas como un servicio a la colectividad y de participación en la vida política, cívica y comunitaria del país”, expresó el presidente de la Junta Provincial Electoral de Pichincha, José Paucar.
La provincia de Pichincha cuenta con 2.282.265 electores, 5.941 Juntas Receptoras del Voto, 379 recintos electorales y más de 45 mil miembros de las Juntas Receptoras del voto, en su mayoría, estudiantes universitarios.