Miembros de las Juntas Receptoras del Voto conocen las funciones que cumplirán el 5 de febrero

Mediante las capacitaciones que imparte el Consejo Nacional Electoral (CNE) a los miembros de las Juntas Receptoras del Voto, se imparten las funciones que cumplirán estos organismos de gestión electoral con carácter temporal que se encargarán de recibir los sufragios y efectuar los escrutinios; mismas que estarán integradas por ciudadanas y ciudadanos que consten en el registro electoral y que sepan leer y escribir, tal como lo determina el Código de la Democracia, en sus artículos 43 y 44.

El fin de la preparación obligatoria de los MJRV, es que ejerzan con eficiencia sus roles, entre los que constan:

1. Levantar las actas de instalación y de escrutinios;
2. Entregar al elector las papeletas y el certificado de votación;
3. Efectuar los escrutinios, una vez concluido el sufragio;
4. Remitir a la Junta Provincial Electoral las urnas, paquetes y sobres que contengan el acta de instalación y la primera de escrutinios, con la protección de la Fuerza Pública;
5. Entregar al Coordinador Electoral el segundo ejemplar del acta de escrutinio de cada dignidad, en sobres debidamente sellados y firmados por el Presidente y Secretario;
6. Fijar el tercer ejemplar del acta de escrutinios en un lugar visible donde funcionó la Junta Receptora del Voto;
7. Cuidar que las actas de instalación y de escrutinios lleven las firmas del Presidente y del Secretario; así como los sobres que contengan dichas actas y los paquetes de los votos válidos, blancos y nulos;
8. Entregar copia del acta certificada o los resúmenes de resultados a las organizaciones políticas y a las candidatas y candidatos que lo solicitaren o a sus delegados debidamente acreditados;
9. Impedir que el día de las elecciones se haga propaganda electoral o proselitismo político en el recinto del sufragio;

10. Vigilar que el acto electoral se realice con normalidad y orden;

11. Facilitar la tarea de los observadores acreditados oficialmente. Los MJRV que no se capaciten tendrán una multa equivalente al diez por ciento del salario básico unificado y quienes no integren las mesas electorales debrán cancelar el quince por ciento.