El pasado 16 de agosto el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), durante la sesión Nº 35 tal como manda la normativa legal, ejerció su facultad y procedió a la cancelación de 23 organizaciones políticas que incumplieron con los requisitos legales establecidos en el artículo 327 del Código de la Democracia.
En el caso de los movimientos políticos locales, dicho artículo, en su numeral cuatro, determina que la extinción o cancelación procederá cuando dicha agrupación no obtenga al menos el tres por ciento (3%) en dos elecciones consecutivas, en su jurisdicción.
En tal virtud, en Morona Santiago el Movimiento Independiente Fuerza Amazónica lista 62 de ámbito provincial, inscrito el 9 de octubre del año 2012, no cumplió con los mínimos requeridos en las dos últimas elecciones. En el año 2014 obtuvo el 8,4941 % de porcentaje de votos, mientras que en los comicios del 2017 no participaron.
Con la eliminación de estas agrupaciones, el Registro Nacional Permanente de Organizaciones Políticas queda conformado por 147. De estas, 15 son nacionales, 32 provinciales, 86 cantonales y 14 parroquiales.