Acorde a lo establecido en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, Código de la Democracia, durante el proceso de Elecciones Generales 2021, los ciudadanos que no cumplieron con su derecho al sufragio o incurrieron en una falta electoral, deberán cancelar la multa establecida en la ley.
Quienes fueron seleccionados como Miembros de una Junta Receptora del Voto y no se capacitaron, según el artículo 49 del Código de la Democracia, deberán cancelar el 10% de un Salario Básico Unificado; mientras que, si no asistieron a conformar la Junta Receptora del Voto, la multa será del 15%, como lo estipula el artículo 292.
Así también, las personas que no acudieron a ejercer su derecho al sufragio deberán cancelar una multa equivalente al 10% de una Remuneración Básica Unificada, según lo estipulado en el artículo 292, de esta misma ley.
Los ciudadanos que desean conocer si mantienen multas electorales pueden acercarse a la Delegación Provincial Electoral de Pastaza ubicada en la Avenida Alberto Zambrano y Río Tigre, de lunes a viernes de 08:00 a 17:00, con la cédula de identidad original.
Además, pueden verificarlo a través de nuestra página web institucional www.cne.gob.ec, así como, en la aplicación para dispositivos inteligentes CNE App, disponible de manera gratuita para Android e iOS.
Recordamos a la ciudadanía que todas las multas electorales son acumulativas y deben ser canceladas para acceder a los servicios electorales que ofrecemos.