Organizaciones Políticas deben cumplir protocolos de bioseguridad en campaña electoral

PROTOCOLOBIO

 

Las organizaciones políticas y sus simpatizantes en la provincia de Loja deberán aplicar el protocolo para prevención de la COVID-19 en la Campaña Electoral del Proceso Electoral 2021 que consta por categorías y fue aprobado por el Pleno del Consejo Nacional Electoral.

En la categoría A, se ubica el cantón Loja, al contar más de 100 000 electores, las caminatas se realizarán con un máximo de 200 personas, con un recorrido de 14 kilómetros; y, en las caravanas se podrán usar hasta 50 vehículos.

Mientras que en la categoría B, en lo que corresponde caminatas podrán participar 150 personas con recorrido de 10 kilómetros, ya que los cantones Catamayo, Saraguro, Calvas, Paltas, Macará, Puyango, Espíndola, Celica, Gonzanamá y Zapotillo tienen entre 10 000 y 100 000 electores; y, con respecto a la caravana emplearán hasta 30 vehículos.

Ya en la categoría C, los cantones Pindal, Chaguarpamba, Sozoranga, Olmedo y Quilanga refieren con menos de 10 000 electores, el máximo a participar en las caminatas es de 100 personas, quienes recorrerán 5 kilómetros, pero para la caravana utilizarán un máximo de 20 vehículos.

Cabe recalcar que dentro de este protocolo también se estableció el uso de mascarilla de manera obligatoria para candidatos y candidatas, además de sus simpatizantes. Pero también de disponer de alcohol gel al 70 % al ingresar a participar de estos eventos y promover el distanciamiento social correspondiente a dos metros.

Luis Cisneros Jaramillo, director de la Delegación Provincial Electoral de Loja, hizo un llamado a las organizaciones políticas y ciudadanía a cumplir con las medidas de bioseguridad. “Nuestro compromiso es garantizar sus derechos políticos de manera efectiva, pero también la obligación de precautelar la salud y la vida como derechos fundamentales”, resaltó la autoridad electoral.

Las organizaciones políticas o sociales que organicen actividades político-electorales no planificadas estarán sujetas a las sanciones que establecen la normativa electoral y de las instituciones encargadas del control y orden público territorial.