Organizaciones políticas deben presentar cuentas de campaña electoral hasta el 20 de mayo

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En cumplimiento con el artículo 38 del Reglamento  para el Control de la Propaganda o Publicidad y Promoción Electoral, las organizaciones políticas (OP) que participaron en la campaña de las Elecciones Generales 2017 tienen plazo hasta el 20 de mayo para presentar las cuentas de campaña.

 

El artículo en mención  destaca que: “La o el responsable del manejo económico legalmente calificado y registrado ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) y sus Delegaciones Provinciales y Distritales Electorales, según la jurisdicción que corresponda presentará las cuentas de campaña electoral, hasta 90 días después de cumplido el acto del sufragio, con toda la documentación contable de respaldo que justifique los movimientos económicos realizados durante el proceso electoral para el que fue calificado…”.

 

Fabián Sotomayor, Director de la Delegación Provincial Electoral de Santo Domingo de los Tsáchilas, indicó que hasta el momento en la provincia tan solo la alianza CREO – SUMA – Alianza Tsáchila, el Movimiento Unión Ecuatoriana y el Movimiento País han presentado el informe de cuentas de campaña.

 

Además, informó que los partidos o movimientos políticos que no presenten en el plazo establecido tienen 15 días de prórroga para presentar la documentación. Una vez recibida la información, por parte de Secretaría General,  la Unidad Provincial de Organizaciones Políticas procederá al análisis y elaboración del informe, de existir observaciones, la organización política tendrá un plazo de quince días, contado desde la notificación para presentar los justificativos del caso. Posteriormente, la Unidad Jurídica emitirá la resolución administrativa.

 

El artículo 275 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, destaca en su numeral 4 que se constituye una infracción no presentar los informes con las cuentas, el monto de los aportes recibidos, la naturaleza de los mismos, su origen, el listado de los contribuyentes, su identificación plena y la del aportante original cuando los recursos se entreguen por interpuesta persona, el destino y el total de las sumas gastadas en el proceso electoral por rubros, estados de cuenta y conciliaciones bancarias, así como los comprobantes de ingresos y de egresos con las facturas o documentos de respaldo correspondiente.

 

Las organizaciones políticas que no presenten en el plazo establecido serán sancionadas con la suspensión de los derechos políticos hasta un año y una multa de hasta 10 salarios básicos unificados mensuales para el trabajador en general.