Organizaciones Políticas deberán presentar Informes de cuentas de campañas hasta el 6 de mayo

En el marco de las Elecciones Seccionales, Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y Referéndum 2023, las organizaciones políticas deberán presentar los informes de las cuentas de campañas, una obligación que estipula el artículo 230 del Código de la Democracia y que da un plazo de 90 días después de cumplido los comicios.

En caso de no presentar los informes de cuentas de campaña, la Delegación Provincial Electoral de Manabí remitirá el informe correspondiente al Tribunal Contencioso Electoral conforme lo determina el artículo 234 del Código de la Democracia.

Jonatan Giler, director de la Dirección Técnica de Participación Política, señaló que el responsable del movimiento económico de la campaña deberá presentar las cuentas, con intervención de una contadora o contador público autorizado, quien, además, liquidará los valores correspondientes a ingresos y egresos de la campaña presentando para ello un balance consolidado, el listado de contribuyentes con la determinación de los montos y los justificativos que la Ley prevé. Además, hizo un llamado a las organizaciones políticas a cumplir con la normativa electoral, en los plazos establecidos, para evitar sanciones.

La documentación deberá contener y precisar de forma clara: el monto de los aportes recibidos, la naturaleza de estos, su origen, el listado de contribuyentes, su identificación plena y la del aportante, el destino y el total de las sumas gastadas en el proceso electoral por rubros, estados de cuenta y conciliaciones bancarias, así como los comprobantes de ingreso y de egresos con las facturas o documentos de respaldo correspondientes.

La información entregada será sujeta al respectivo examen de fiscalización de las cuentas de campaña electoral.