Publicidad electoral referente a la Consulta Popular La Manga del Cura

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La Junta Territorial Electoral (JTE) designada para la Consulta Popular del sector denominado la “Manga del Cura”, informó a la ciudadanía de la resolución sobre la publicidad electoral referente a las instituciones públicas que será de aplicación para el proceso eleccionario del próximo 27 de septiembre del 2015, mediante la publicación en medios impresos, de acuerdo a la Constitución de la República, leyes y reglamentos electorales.

 

Roberto Ronquillo, director de la Delegación Electoral de Guayas, indicó que la resolución JTE-CP-01-14-09-2015, aprobada el 14 de septiembre del 2015, contiene tres artículos donde se prohíbe cualquier tipo de publicidad con fines electorales con excepción de las dispuestas por el Consejo Nacional Electoral, de la misma forma prohíbe a las Instituciones públicas realizar propaganda, publicidad o utilizar bienes o recursos con fines electorales para el procesos de la Consulta Popular en el sector de La Manga del Cura.

 

Agregó que estas prohibiciones también están para la entrega de donaciones dádivas o regalos que induzcan a las y los electores habitantes, para que se pronuncien a favor o en contra de una posición o preferencia electoral.

 

Dicha resolución hace referencia al ART. 207 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones políticas, que expresa es su parte pertinente que en periodo de campaña electoral, todas las instituciones públicas están prohibidas de difundir publicidad a través de prensa escrita, radio, televisión y vallas publicitarias, cuarenta y ocho horas antes del día de los comicios y hasta las 17h00 del día del sufragio, es decir a partir de las 00h00 del día 25 de septiembre hasta las 17h00 del día domingo 27 de septiembre del 2015, está prohibido la difusión de cualquier tipo de información y publicidad en las entidades públicas, en el sector denominado La Manga del Cura, concluyó.